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Alumnos

Procedimientos llevados a cabo en la Escuela Preparatoria Oficial No. 241 apegándose a los lineamientos META:

PERMANENCIA  DE  LOS ESTUDIANTES:

  • Disposiciones específicas para que los alumnos se mantengan y concluyan sus estudios en la Institución en máximo 5 años considerando la BAJA TEMPORAL cumpliendo con los horarios y actividades regularmente. Asimismo se aplican en este rubro las indicaciones en cuanto a re-inscripción, baja definitiva y baja temporal.

TRÁNSITO DE LOS ESTUDIANTES:

  •  Es la posibilidad que tienen los alumnos para transitar entre los planteles que imparten Educación Media Superior, por tanto, la Institución autoriza la inscripción a alumnos provenientes de otros planteles en apego a las indicaciones  considerando la capacidad  y la entrega correcta y oportuna de la documentación requerida.

PORTABILIDAD DE ESTUDIOS:

  •  La portabilidad de estudios implica el reconocimiento de las Unidades de Aprendizaje Curricular (UAC) acreditadas por el estudiante, que hace el plantel receptor, permitiendo el tránsito.

  •  De tal manera en la EPO 241 permite el tránsito del alumno siempre y cuando se cumpla con los requisitos del artículos de la sección Cuarta de la Gaceta en mención y lo señalado en los acuerdos del oficio 205210000/3663/2013 emitido el 2 de octubre de 2013  que hacen referencia a la presentación del HISTORIAL ACADÉMICO y a los criterios de ubicación. Las solicitudes de portabilidad son aprobadas en el plazo señalado ( no mayor a 10 días hábiles).

EVALUACIÓN:

  •  Procedimiento sistemático que permite tanto al docente como al estudiante valorar el logro de competencias.

  • La EPO 241 se apega a las disposiciones señaladas y que hacen referencia a 2 evaluaciones parciales que al promediarlas se obtiene la calificación final, la escala de 5 a 10 puntos y el porcentaje de asistencia mínimo de 80% para tener derecho a la evaluación.

ACREDITACIÓN

  • Proceso por el cual el alumno aprueba las UAC y se representa con una calificación de 10 a 6 puntos mínimo, una calificación menor a ésta será reprobatoria.

  • En la EPO 241 se siguen las disposiciones en relación a las opciones para la EVALUACIÓN EXTRAORDINARIA y el procedimiento de regulación.

CERTIFICACIÓN:

  • Acto que acredita oficialmente los estudios cursados  a través de un documento,  que puede ser parcial o total.

  • De igual manera  la EPO 241 se apega al procedimiento señalado en cuanto a la Certificación.

  • Se emiten los certificados por única vez, con la fecha de expedición de acuerdo al calendario escolar oficial, manteniendo en resguardo el libro de control de folios. Se siguen las indicaciones en cuanto a emisión de Certificados parciales, la expedición de Constancias de Competencias Computacionales y de Habilidades del Idioma Ingles.

  • Invariablemente se informa y orienta a los alumnos y padres de familia acerca de los procedimientos señalados.

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